ORDENANZA Nº 32/2023

 

Ordenanza  Nº 32/2023

 

VISTO:

 

                                   La Ordenanza Nº 08/21 de fecha 12 de Agosto de 2021, y …

 

CONSIDERANDO:

 

                                   Que mediante la misma, la Municipalidad de General Galarza adecuó su accionar a lo dispuesto en las modificaciones introducidas al Código Alimentario Argentino; principalmente en cuanto a la obligatoriedad de contar con un CARNET DE MANIPULADOR DE ALIMENTOS por parte de cada persona que realice tal actividad.-

                                   De dentro de la citada normativa, se estableció – en el artículo 6º - el importe de las imposiciones para cada modalidad de capacitación a tal efecto, lo que debido al transcurso del tiempo y el continuo proceso inflacionario que afecta a nuestra economía, ha provocado que hoy ello se encuentre totalmente desactualizado.-   

                                   Que en razón de esta circunstancia, y con el objeto de poder seguir prestando un servicio de eficiencia en cuanto a los cursos a realizar, se ha estimado imprescindible incrementar los valores vigentes a fin de su adecuación a la realidad actual.-

                                   Por todo ello, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GENERAL GALARZA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

  

ORDENANZA

 

ARTICULO 1º.- Modifícanse los importes obrantes en el artículo 6º de la Ordenanza Nº 08/2021, los que quedarán redactados de la siguiente manera, a saber: “Inciso a) Valor realización curso mensual en Municipio: Pesos Mil Quinientos ($ 1.500,00); Inciso b)  Valor  realización  curso  en  carácter  urgente:  Pesos  Tres Mil Trescientos

($ 3.300,00); Inciso c) Valor realización curso en domicilio del establecimiento o empresa: Pesos Quince Mil ($ 15.000,00) – hasta concurrencia de diez empleados -, y si ello es superior en número: Pesos Veintiún Mil ($ 21.000,00)”.-

 

ARTICULO 2º.- Mantiénense subsistentes las restantes disposiciones de la citada norma legal.-

 

ARTICULO 3º.- Regístrese, comuníquese y oportunamente archívese.-

 

*************************  Sala de Sesiones, 30 de Noviembre de 2023

Aprobada por Unanimidad.